Quées la plusvalía municipal. Se trata de un impuesto de carácter municipal que deberás pagar en un plazo de 30 días desde el momento de recibir la herencia o donación correspondiente. Su nombre completo es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Este impuesto lo que hace es gravar con una
Lafórmula para calcular la plusvalía municipal consiste en multiplicar el valor catastral de la propiedad por el coeficiente correspondiente, según lo establecido por la ley. A continuación, se aplica el 30% como el tipo máximo legal, obteniendo así el impuesto de plusvalía. Esta fórmula es utilizada para determinar la base imponible y

Esimportante resaltar que la plusvalía en Sevilla se debe pagar en la oficina de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Sevilla. No se puede pagar en ningún otro lugar, como por ejemplo en una entidad bancaria. Además, es necesario llevar a la cita previa la documentación necesaria, como el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles

Estollegó al Tribunal Constitucional, quien en varias sentencias en 2017 declaró que la plusvalía era inconstitucional en los casos en que no había existido incremento real del valor del terreno, y también (2019) en los casos en que sí había incremento, pero era tan pequeño que el impuesto a pagar resultaba confiscatorio. Estaobligación recae en el vendedor de la vivienda, quien está legalmente obligado a realizar el pago en el ayuntamiento correspondiente dentro de los 30 días siguientes a la venta. Sin embargo, en algunos casos particulares, es posible que el comprador acuerde asumir el pago de la plusvalía a través de negociaciones con el Valorcatastral: Este valor es la base para calcular la plusvalía municipal y lo podrás encontrar en tu último recibo del IBI, en la última declaración de la renta o en el ayuntamiento. Número de años transcurridos entre la adquisición y la transmisión : Según los años que hayan pasado desde que adquiriste el piso, se aplicará un coeficiente de Unade las claves para entender qué es la plusvalía tiene que ver con el pago: se debe abonar dentro de los primeros 30 días laborales desde el cambio de propietario y prescribe a los 4 años y 1 mes en caso de venta o donación y a los 4 años y 6 meses si se trata de una herencia. Cuando se paga la plusvalía por herencia el plazo se tMyMOPP.
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